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Notas del Departamento Testamentario

Examinador testamentario y notas del departamento testamentario

Las preguntas relacionadas con las cuotas, los formularios o el estado de las órdenes deben dirigirse a la oficina del secretario de la Unidad Testamentaria de la Corte Superior de California, condado de Stanislaus al 209-530-3100 (opción 6/opción 4) entre las 8:15 a. m. y las 3:00 p. m., de lunes a viernes.

Puede ponerse en contacto con las examinadoras testamentarias, Anne Holsinger y Michelle Warren, escribiendo a Probate.Examiner@stanct.org .  Las llamadas telefónicas pueden dirigirse a la Unidad Testamentaria arriba indicada.  Los correos electrónicos tienen que tener la información de identificación del caso y la hora/fecha de la audiencia en la línea de asunto. No se abrirá ningún adjunto. La examinadora testamentaria solo puede responder a consultas sobre el significado de los comentarios de las notas. No envíe correos electrónicos para notificar que se presentaron documentos, para solicitar una confirmación de recepción de documentos ni para solicitar la aclaración de notas. La examinadora testamentaria no puede dar ningún consejo legal o procesal en respuesta a su correo electrónico.

  • El objetivo de la examinadora testamentaria es publicar las notas del Departamento Testamentario cinco (5) días calendario antes de la audiencia.
  • Las deficiencias descritas en las notas del Departamento Testamentario tienen que ser corregidas antes de la aprobación de los documentos de la moción. 
  •  Si va a presentar documentos para corregir deficiencias técnicas, deben presentarse A MÁS TARDAR CINCO DÍAS JUDICIALES antes de la audiencia.   Es posible que los documentos presentados más tarde no se revisen antes de la audiencia y podrían causar un aplazamiento de su caso.

Las notas del Departamento Testamentario se actualizarán según sea necesario cuando se revisen los documentos presentados tarde.  Tenga en cuenta:  Los documentos presentados tarde que no contengan la fecha de la audiencia en el encabezado requieren más tiempo y esfuerzo para hacerlos coincidir con los expedientes.   Esto puede causar un aplazamiento de otro modo evitable.


Tenga en cuenta: "No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt)".

Esta redacción indica que nadie está obligado a comparecer en la audiencia.  Sin embargo, las audiencias testamentarias son públicas, y cualquier persona que desee presenciar un proceso puede hacerlo. En la mayoría de los casos, las comparecencias pueden hacerse en persona o remota, por teléfono, utilizando VCourt. Para obtener más información sobre cómo comparecer a través de VCourt, consulte la sección "Audiencias remotas por teléfono" en la página de inicio de este sitio web.
 

 

Avisos públicos

     

    PUBLICADO EL 6 DE ENERO DE 2026
    Ya están disponibles para su descarga las Reglas Locales de la Corte Superior de California, Condado de Stanislaus, con las revisiones que entrarán en vigor el 1.º de enero de 2026.

     

    ACTUALIZADO EL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2025, PUBLICADO EL 5 DE MARZO DE 2025
    Inventario y Tasación: Se tiene que presentar un inventario y una tasación en todos los casos de sucesión del difunto, tutela de adulto y tutela de un menor para una fecha determinada, de conformidad con el estatuto. Si la sucesión no cuenta con ningún bien a la fecha de la tasación (por ejemplo, la fecha de fallecimiento del difunto o la fecha del nombramiento), sigue siendo obligatorio presentar un Inventario y Tasación; la falta de presentación de dicho formulario, aun cuando la sucesión carezca de valor, muy probablemente conllevará la obligación de comparecer ante la corte. Para obtener más información, se invita a los interesados ​​a consultar la Guía de Mediador de legalización de testamentos de California que publica la Asociación de Mediadores de legalización de testamentos, la cual está disponible para su descarga en línea.

    Si se requiere más tiempo para reunir los bienes, por favor consulte las secciones 8800(b) y (c) del Código Testamentario de California. La falta de presentación del inventario y la tasación dentro del plazo establecido por ley, o de obtener una prórroga, puede dar lugar a sanciones.

    Si el Inventario y Tasación se ha presentado ante el mediador de legalización de testamentos, pero no se ha presentado formalmente antes de la fecha de revisión del inventario, el representante personal, o el abogado contratado por este, podrá presentar una declaración que certifique tales hechos e indique el plazo previsto para dicha presentación.  La corte podrá, a su discreción, aplazar la audiencia de revisión del inventario sin exigir la comparecencia de las partes.

     

    PUBLICADO EL 15 DE JULIO DE 2025
    Los usuarios testamentarios pueden consultar en línea los documentos de los expedientes de la corte accediendo al Portal de Búsqueda de Casos en el sitio web de la corte. El acceso para ver documentos confidenciales permanece restringido.

    PUBLICADO EL 16 DE DICIEMBRE DE 2024
    Por favor, visite la nueva sección "Rincón del Examinador testamentario"en la página web de la División testamentaria, donde encontrará noticias, recordatorios y guías.

       

      PUBLICADO EL 29 DE SEPTIEMBRE DE 2022, ACTUALIZADO EL 2 DE DICIEMBRE DE 2022

      • ayude a ampliar la lista de abogados calificados dispuestos a aceptar ser designados en asuntos de sucesiones y tutela, ya sea como abogados testamentarios por la corte en procesos de tutela de adulto conforme a la sección 1471 del código testamentario Tutor ad litem o como representantes personales sucesores en las sucesiones de difuntos y fideicomisarios sucesores. 

      • Para la designación como abogado en una tutela de adulto, vea la lista de calificaciones y requisitos que se encuentran en las Reglas de las Cortes de California 7.1103 y 7.1105.

      • Revise los formularios PR004, PR005 y GC-010 disponibles para descargar en la página de formularios y paquetes comunes aquí: https://www.stanislaus.courts.ca.gov/forms-filing/common-forms-packets para obtener más información.   Envíe sus formularios completos a la Corte Superior.

       

      Notas del Departamento Testamentario

       

      VIERNES 13 DE MARZO DE 2026
      Departamento 22
      8:30 a. m.

      PR-23-001118 FIDEICOMISO EN VIDA REVOCABLE DE VICKIE MARTIN Y LAWRENCE MARTIN
       
      Audiencia sobre Petición de Instrucción al fideicomisario, Aprobación del Acuerdo, Determinación de la Buena Fe del Acuerdo:
      Esta fecha de audiencia fue reservada por la corte para este asunto el 7 de enero de 2026.
      Sin defectos en los alegatos.
      Se recomienda la aprobación de la petición.
      La orden propuesta aún no se ha presentado.
      Se requiere una audiencia para determinar cómo se llevará a cabo el acuerdo, dado que, conforme al párrafo 2 del mismo, existen dos alternativas.
      Se requiere la comparecencia del abogado (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-24-000250 SUCESIÓN DE DALE NELSON ROBERTSON
      Audiencia sobre el informe y la rendición de cuentas inicial y final del administrador, así como sobre la petición para su acuerdo, la aprobación de la reclamación del acreedor por gastos funerarios, la compensación del administrador, las cuotas del abogado, la autorización de los costos de administración y la distribución final aplazada desde el 24 de febrero de 2026:
      Se presentó un escrito complementario en respuesta a las notas del departamento testamentario, el cual subsanó algunos defectos. En su escrito complementario, la representante personal alegó que la cuenta bancaria del difunto había sido vulnerada y que se habían retirado fondos antes de su nombramiento.  Notas del examinador: Se emitieron las cartas el 18 de abril de 2024 y el informe identifica cuarenta y tres (43) transferencias fraudulentas posteriores a esa fecha.
      Notas nuevas:
      •    Por favor, proporcione documentación relacionada con los retiros no autorizados (extractos bancarios, informes de fraude, denuncias policiales, etc.).
      •    Por favor, proporcione la fecha en que se cerró la cuenta comprometida y se abrió la nueva cuenta, así como la documentación que respalde esta información.
      Declaración de Kimberley Yates (con sello de presentación del 11 de marzo de2026) presentada al juez para su resolución.
      Notas previas solo como referencia:
      •    Tenga en cuenta que, de conformidad con la sección 1064(a)(2) del Código Testamentario, los artículos inusuales tienen que explicarse en la petición o en el informe.
          -   Horario D: Por favor, explique también qué entiende el solicitante por "transferencia fraudulenta". ¿Qué investigación ha llevado a cabo el solicitante para determinar el origen y el alcance del fraude? ¿Qué determinación, si la hay, tomó el solicitante sobre la mejor manera de resarcir el patrimonio?
          -    Por favor, explique el motivo de la transferencia electrónica de $1,983,60 realizada el 5 de abril de 2024.
          -    Por favor, explique los dos pagos al Departamento de Vehículos Motorizados (Department of Motor Vehicles, DMV) a nombre de "Carol L. Morris" realizados con fondos de la sucesión.
      Se requiere la comparecencia del abogado (si se prefiere, a través de VCourt).
       

      PR-24-000556 SUCESIÓN DE LINDA JANE SUGARS, TAMBIÉN CONOCIDA COMO LINDA JANE GONZALES
      Audiencia sobre la primera enmienda (con sello de presentación del 3 de febrero de 2026) Exención a la rendición de cuentas y al informe del albacea, petición de autorización de cuotas legales para el representante personal y de distribución final, aplazada desde el 25 de febrero de 2026:
      No se ha presentado nada desde la última audiencia. Se mantienen las notas previas: 
      Se tienen que subsanar los siguientes defectos en la petición:
      •    Se omitió el desglose de los costos de administración (véanse las Reglas Locales 8.69 y 8.83K).
      •    Se requiere un desglose de los bienes disponibles para su distribución.  Por favor, proporcione un horario de distribución propuesta. Véase CRC7.651, LR 8.69, 8.83M; PC§1062f.
      Consulte las reglas 7.3 y 7.53 de las Reglas de las cortes de California con respecto a los tipos de formularios que pueden utilizarse para subsanar estos defectos.  El solicitante puede considerar complementar la petición para proporcionar la información faltante.
      Se tienen que subsanar los siguientes defectos en el expediente de la corte:
      •    Se requiere orden.  Orden de una petición aún no presentada.
      Se requiere la comparecencia del solicitante (que se representa a sí mismo) (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-24-000632 SUCESIÓN DE CRISANTA DIAZ ORDAZ, TAMBIÉN CONOCIDA COMO CRISANTA DIAZ
      Audiencia sobre Informe de Administración; Petición de Distribución Definitiva; para Orden en Primera y Última Cuenta; para la Aprobación de las cuotas del representante personal establecido por ley; para Aprobación de las cuotas de abogados establecidos por ley; para Aprobación de costos aplazados del 22 de enero de 2026 al 19 de febrero de 2026:
      El 22 de enero de 2026, se aprobó la petición, quedando pendiente la presentación por parte del abogado de una propuesta de orden, junto con un escrito de jurisprudencia en el que expusiera su desacuerdo con las notas del departamento testamentario.
      Jurisprudencia aún no presentada al momento de la revisión.

      Notas previas del examinador para referencia:
      • La determinación de aprobar el informe por parte de la es suficiente. No parece necesario que la corte adopte una redacción que establezca que la distribución ordenada por la corte se efectúe "con sujeción a derechos de retención" por cuotas/costos de abogado impagos. 
      • Por favor, elimine esta redacción de los párrafos 6, 7, 8 y 9 de las páginas 5 y 6 de la orden propuesta.
      • Esta redacción parecería sugerir que el abogado podría tener previsto registrar un derecho de retención con anterioridad a que el administrador transmita los bienes inmuebles, en lugar de registrar un derecho de retención después de que el administrador distribuya los bienes inmuebles conforme a lo solicitado.
            Una vez que la corte apruebe las cuotas del abogado, el abogado podrá registrar un extracto de fallo en la Oficina del Registrador del Condado; alternativamente, el administrador y el abogado podrán haber acordado solicitar la aprobación de la corte para emitir una nota promisoria y registrarla como un fideicomiso sobre los bienes inmuebles. No parece necesario que la corte adopte la fórmula según la cual la distribución de la orden de la corte se haga "sujeta a derecho de retención" por cuotas de abogados impagadas. 
      Se requiere la comparecencia del abogado (si se prefiere, a través de VCourt). 
      Si se presenta una nueva propuesta de orden que subsane las notas anteriores o incluya jurisprudencia para la revisión judicial, no será necesaria la comparecencia y la corte programará una audiencia de revisión para el 20 de agosto de 2026, de conformidad con la Regla Local 8.92. 

      PR-24-001127 SUCESIÓN DE MARILYN ANN METTLER, TAMBIÉN CONOCIDA COMO MARILYN A. METTLER Y MARILYN ANN MONTGOMERY 
      Audiencia sobre el Primer e Informe Final Enmendado (con sello de presentación del 12 de enero de 2026) relativo a la exención a la rendición de cuentas, la petición de aprobación de compensación para los abogados y el albacea por servicios ordinarios, la aprobación del pago de la reclamación del representante personal como acreedor por gastos funerarios, el reembolso de costos adelantados por los abogados, los pagos de anualidades al fideicomiso, la autorización al fideicomisario para pagar gastos con cargo al patrimonio del fideicomiso y la distribución final; audiencia aplazada desde el 8 de enero de 2026, 4 de febrero de 2026:
      En el futuro, por favor asegúrese de que la exención a la rendición de cuentas por parte del fideicomisario sea clara y explícita en cuanto a su condición de fideicomisario, y no solo en su calidad de heredero o beneficiario, dado que el representante personal ostenta ambas condiciones, heredero y beneficiario del difunto, tanto a título individual como en su calidad de fideicomisario. En otras palabras, dado que desempeña múltiples funciones, debe identificar cuál de ellas está ejerciendo al firmar la exención.
      Se recomienda que la corte estime exonerada la rendición de cuentas y tenga por subsanadas las observaciones anteriores.
      Se recomienda la aprobación del informe y la petición enmendados.
      Se recomienda una audiencia de revisión de la baja para el 24 de septiembre de 2026, de conformidad con la Regla Local 8.92.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-25-001056 SUCESIÓN DE MANUEL BUSTAMONTE
      Audiencia sobre la petición para determinar la sucesión de la residencia principal aplazada desde el 13 de noviembre de 2025, 16 de enero de 2026:
      Defectos anteriores subsanados. 
      Si nadie presenta objeciones, se recomienda la aprobación de la petición en su forma complementada.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-25-001347 SUCESIÓN DE SUSANNE RIDGE
      Audiencia sobre la petición de cartas de administración aplazada desde el 3 de febrero de 2026:
      Tenga en cuenta para futuras presentaciones que el código postal de la dirección postal de la corte es 95355 (no 95345).
      Se recomienda que la corte llame a este asunto a las 9:30 a. m. o poco después, ya que tanto el aviso enviado por correo como el aviso publicado de esta audiencia indicaban que la hora de la misma era las 9:30 a. m., y no las 8:30 a. m.
      Si a las 9:30 a. m. nadie presenta objeciones, se recomienda la aprobación de la petición.
      Se recomienda programar una audiencia de revisión de inventario para el 15 de septiembre de 2026, de conformidad con la Regla Local 8.41 B.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

       

      LUNES, 16 DE MARZO DE 2026

      Departamento 22 
      No hay asuntos de sucesiones de difuntos ni de fideicomisos en el calendario

       

      MARTES, 17 DE MARZO DE 2026
      Departamento 22
      8:30 a. m.

       

      PR-21-000085 SUCESIÓN DE ANET SAROUKHANIOFF
      Audiencia sobre el segundo informe del administrador de la cuenta y la petición para su acuerdo y confirmación; y autorización para continuar con la administración de la sucesión; solicitud de distribución parcial aplazada desde el 13 de noviembre de 2025:
      No se ha presentado nada desde la audiencia anterior. Se mantienen las notas previas:
      •    El párrafo 2 del informe indica erróneamente que la corte emitió cartas testamentarias; en este asunto, la corte emitió cartas de administración.
      •    El periodo de la cuenta que figura en el alegato comienza el 10 de diciembre de 2023. Esa fue la fecha de cierre de la rendición de cuentas anterior; una rendición de cuentas posterior debe comenzar al día siguiente de la finalización de la anterior, o de lo contrario se trataría de una rendición duplicada.
      •    Ni la petición ni la súplica incluían una solicitud de distribución parcial, tal como se reflejaba en el título del alegato.
      •    El informe no parece describir qué actos realizó el administrador en virtud de la Ley de Administración Independiente de Sucesiones sin autorización de la corte, ni indicar que no se llevó a cabo ninguno de dichos actos (CRC 7.250 y Regla Local 8.83 N).
      •    El punto de la súplica n.º 2, que figura en la página 4 de la petición, describe este alegato como una segunda rendición de cuentas "enmendada"; no obstante, parece tratarse del alegato original, ya que no se ha presentado ninguna enmienda hasta el momento de la revisión.
      No consta en el expediente el aviso de la audiencia (sección 11000 del Código Testamentario).
      •    La orden propuesta aún no se ha presentado.
      Se requiere la comparecencia del abogado (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-22-001282 SUCESIÓN DE HARRY P. BELLETTO
      Audiencia de revisión de la rendición de cuentas:
      •    Ni la Petición de Distribución Final ni el Informe de Estatus conforme a la sección 12200 del código testamentario constan en el expediente al momento de la revisión.  Consulte la Regla local 8.82. 
      Se recomienda que la corte ordene al representante personal que presente un informe de estatus conforme a la sección 12200 del código testamentario (con el aviso requerido por la sección 12201 del mismo código) en un plazo de 90 días, si la sucesión no está en condiciones de ser cerrada.
      Se recomienda el aplazamiento al 22 de julio de 2026 para dar tiempo para la presentación de los alegatos mencionados. 
      Si para la fecha de la próxima audiencia no se ha presentado ninguno de los alegatos, la corte podrá emitir una orden para que el representante personal comparezca y presente motivos justificativos, de conformidad con el artículo 12202 del código testamentario.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-24-000033 SUCESIÓN DE MARCILLA ELIZABETH BERRY, TAMBIÉN CONOCIDA COMO MARCILLA BERRY
      Audiencia de revisión de la rendición de cuentas:
      Se cancelará la audiencia de revisión de la cuenta.

      Audiencia sobre la primera y última rendición de cuentas e informe del administrador, así como sobre la petición para su acuerdo, la asignación del administrador y del abogado de la compensación establecida por ley, y la distribución final aplazada desde el 18 de noviembre de 2025:
      Se subsanaron las notas anteriores.
      Se recomienda aprobar la petición en su forma complementada; queda eximida la obligación de rendir cuentas.
      Se recomienda una audiencia de revisión de la baja para el 24 de septiembre de 2026, de conformidad con la Regla Local 8.92.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).
       

      PR-24-000426 SUCESIÓN DE PALAZUELOS
      (1)    Audiencia de revisión de cuenta:
      Se recomienda a la corte que cancele esta audiencia.

      (2)    Audiencia sobre el informe de estatus de conformidad con el artículo 12200 del código testamentario desde el 4 de febrero de 2026:   
      El 4 de febrero de 2026, esta corte ordenó al representante personal que efectuara debidamente el aviso antes de la próxima audiencia, so pena de que se le impusiera un cargo pecuniario.  
      •    No consta en el expediente el aviso de la audiencia.
      Se recomienda que la corte emita una orden de presentar motivos justificativos para que el representante personal comparezca y presentar motivos justificativos por las cuales no se le debería imponer un recargo por no haber efectuado debidamente el aviso conforme al estatuto mencionado, tal como se había ordenado.
      Se requiere comparecencia del representante personal y de su abogado (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-24-000662 SUCESIÓN DE WILLIAM A. JOHNSON
      Audiencia de revisión de la rendición de cuentas:
      •    Ni la Petición de Distribución Final ni el Informe de Estatus conforme a la sección 12200 del código testamentario constan en el expediente al momento de la revisión.  Consulte la Regla local 8.82. 
      Se recomienda que la corte ordene al representante personal que presente un informe de estatus conforme a la sección 12200 del código testamentario (con el aviso requerido por la sección 12201 del mismo código) en un plazo de 90 días, si la sucesión no está en condiciones de ser cerrada.
      Se recomienda el aplazamiento al 22 de julio de 2026 para dar tiempo para la presentación de los alegatos mencionados. 
      Si para la fecha de la próxima audiencia no se ha presentado ninguno de los alegatos, la corte podrá emitir una orden para que el representante personal comparezca y presente motivos justificativos, de conformidad con el artículo 12202 del código testamentario.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-24-000895 SUCESIÓN DE HECTOR MUNOZ
      Audiencia sobre el informe de estatus de la administración conforme a la sección 12200 del código testamentario:
      El aviso parece estar completo.
      El informe solicita un aplazamiento de seis meses para cerrar la sucesión.
      El informe indica que el Inventario y Tasación se encontraba en poder del árbitro testamentario a la fecha del informe (verificado el 5 de enero de 2026), pero no especifica cuándo se envió dicho documento al árbitro testamentario.

      Audiencia de revisión del inventario aplazada desde el 25 de marzo de 2025, 12 de agosto de 2025, 16 de septiembre de 2025, 28 de enero de 2026:
      Se mantienen las notas previas:
      Consulte la Regla Local 8.41 B y la sección 8800 y siguientes del código testamentario. Cartas emitidas el 24 de septiembre de 2024. El inventario y la tasación finales debían presentarse el 24 de enero de 2025. 
      El 16 de septiembre de 2025, la corte ordenó al representante personal presentar el inventario y la tasación finales en un plazo de sesenta (60) días.

      Someter a determinación de la corte si se concede plazo adicional para presentar el inventario y la tasación, o si se suspende, impone un recargo o remueve al representante personal. Las cartas se emitieron hace más de diecisiete meses.
      Se requiere la comparecencia del representante personal (que se representa a sí mismo) (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-24-001121 ASUNTO DEL FIDEICOMISO IRREVOCABLE DE 2016 DE MARIA A. GONZALEZ
      Audiencia sobre la petición para (1) exigir la rendición de activos de los activos del fideicomiso; (2) exigir la distribución de los activos del fideicomiso; aplazada desde el 5 de marzo de 2025, 26 de junio de 2025, 5 de noviembre de 2025, 14 de noviembre de 2025, 9 de enero de 2026:
      Objeción presentada - 13 de junio de 2025, por el demandado.
      Objeción a la rendición de cuentas presentada el 23 de diciembre de 2025 por el solicitante. No se ha presentado ninguna rendición de cuentas (ya sea una copia de cortesía o una solicitud de aprobación de la corte de la rendición de cuentas). No se ordenó archivar ninguna.
      Se necesita estatus de revelación de pruebas.
      Se requiere la comparecencia del solicitante (que se representa a sí mismo) y del abogado de la parte objetora (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-24-001375 SUCESIÓN DE NATALIA E. COLLINS, TAMBIÉN CONOCIDA COMO NATALIA COLLINS, NATALIA ESPINOZA GUERRERO
      Audiencia de revisión de inventario:
      Cartas emitidas el 10 de octubre de 2025. El inventario y la tasación vencen el 10 de febrero de 2026.
      El inventario final y la tasación no se encuentran en el expediente.
      Se recomienda que la corte ordene al representante personal que presente el inventario y la tasación finales de conformidad con el artículo 8804 del código testamentario, bajo apercibimiento de posibles sanciones, incluida la remoción de su cargo.
      Se requiere la comparecencia del representante personal y de su abogado (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-25-000386 SUCESIÓN DE JOSE RICARDO MORENO
      Audiencia sobre la segunda petición enmendada relativa a propiedades conyugales (con sello de presentación del 11 de septiembre de 2025), aplazada desde el 20 de mayo de 2025, 27 de junio de 2025, 1.º de agosto de 2025, 19 de septiembre de 2025, 7 de noviembre de 2025:
      El 7 de enero de 2026, la corte autorizó al solicitante a presentar una tercera petición enmendada.  El examinador hace constar que en el expediente consta un aviso de audiencia sobre la tercera petición enmendada para dicha audiencia; sin embargo, la tercera petición enmendada no consta en el expediente.
      Notas previas como referencia:
      • El Anexo 7a no incluía los porcentajes de la propiedad comunitaria correspondientes al solicitante con respecto a cada activo. Consulte la Regla Local 8.98 A.
      • Se necesita una nueva orden. El formulario DE-226, Orden sobre propiedades conyugales, presentada el 20 de junio de 2025, contiene los defectos a continuación:
            o No refleja fielmente la petición, ya que indica que el solicitante solicita que los bienes pasen al cónyuge sobreviviente (se ha marcado la casilla 5a y se ha incluido el anexo 5a).
            o El archivo adjunto omitía el número de parcela del tasador (Assessor's Parcel Number, APN).
      Se requiere la comparecencia del abogado (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-25-000824 SUCESIÓN DE RICHARD W. JORGENSEN, TAMBIÉN CONOCIDO COMO DICK JORGENSEN, TAMBIÉN CONOCIDO COMO RICHARD ELIAS JORGENSESN, JR
      Audiencia de revisión de inventario:
      El inventario y la tasación finales constan en el expediente.
      •    El inventario y la tasación omiten la caracterización de la propiedad del difunto conforme a la sección 8850(c) del código testamentario. Esta información será necesaria antes del cierre de la sucesión.
      Se recomienda una audiencia de revisión de la rendición de cuentas para el 18 de noviembre de 2026, de conformidad con la Regla Local 8.82.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-25-000836 SUCESIÓN DE ALLEN MITCHELL JACKSON, TAMBIÉN CONOCIDO COMO ALLEN M. JACKSON
      Audiencia de revisión de inventario:
      El inventario y la tasación finales constan en el expediente.
      Se recomienda una audiencia de revisión de la rendición de cuentas para el 18 de noviembre de 2026, de conformidad con la Regla Local 8.82.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).
       

      PR-25-000839 SUCESIÓN DE JOYCE MARY MOORE, TAMBIÉN CONOCIDA COMO JOYCE M. MOORE
      Audiencia de revisión de inventario:
      Cartas emitidas el 17 de septiembre de 2025. El inventario y la tasación vencen el 19 de enero de 2026.
      El inventario final y la tasación no se encuentran en el expediente.
      Se recomienda que la corte ordene al representante personal que presente el inventario y la tasación finales de conformidad con el artículo 8804 del código testamentario, bajo apercibimiento de posibles sanciones, incluida la remoción de su cargo.
      Se requiere la comparecencia del representante personal y de su abogado (si se prefiere, a través de VCourt).

      444546 FIDEICOMISO PARA NECESIDADES ESPECIALES DE JOHN COLEMAN
      Audiencia sobre la petición de aprobación de la séptima rendición de cuentas y del informe del fideicomisario del Fideicomiso para Necesidades Especiales de John Coleman:
      Se recomienda la aprobación de la rendición de cuentas y del informe.
      Se recomienda una audiencia de revisión de la octava rendición de cuentas para el 22 de septiembre de 2027, tras la presentación de la octava rendición de cuentas.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-22-000335 SUCESIÓN DE FRANK PAUL HERNANDEZ
      Audiencia sobre la petición de terminación del proceso y liberación de responsabilidad:
      El aviso parece estar completo.
      Se recomienda la aprobación de la petición. Se desestimará el caso.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-23-001109 SUCESIÓN DE DOROTHY LOYD
      Audiencia sobre la petición de aprobación de la primera y última rendición de cuentas y distribución mediante exención a la rendición de cuentas; de cuotas establecidas por ley; y de exoneración de responsabilidad:
      • El aviso de audiencia no consta en el expediente (conforme a las secciones 10830, 11000 y 11601 del código testamentario).
      • La propuesta de orden aún no se ha presentado.
      • No constan en el expediente las exenciones a la rendición de cuentas. Asegúrese de que las exenciones cuenten con la certificación notarial correspondiente (Regla Local 8.69); dichas exenciones tienen que presentarse por separado (conforme a la sección 10954 del código testamentario).
      • La petición refleja que se hizo la exención de la rendición de cuentas, aunque aún no se han presentado las exenciones correspondientes. El título del alegato y el aviso de audiencia correspondiente no incluían el "Informe de Administración", tal como lo exige el artículo 10954(c) del código testamentario. 
      • El párrafo 5 de la petición no parece estar completo conforme a la Regla Local 8.82 F. Sea específico (si está o ha estado recluido anteriormente, y según el conocimiento de la representante personal o de su abogado). Consulte también las secciones 9202(b) y 216 del código testamentario.
      • El párrafo 8 de la petición describe que el representante personal realizó dos distribuciones preliminares inferiores a $10,000.00 cada una. 
            o    El informe no refleja si la representante personal hizo la entrega legal de las acciones propuestas para dichas distribuciones. Consulte la sección 10520 del código testamentario. 
            o    El informe no indica la fecha específica en que se realizaron las distribuciones, ni si estas incluían intereses en caso de haberse efectuado más de doce meses después del fallecimiento de la difunta. Consulte las secciones 12000 y 12003 del código testamentario. Consulte también la sección 1063(e) del código testamentario.
      • El párrafo 20 de la petición parece contener un error matemático. El total de los costos enumerados parece ser de $1,599.24. Esto también puede repercutir en la petición y en la distribución propuesta.
      • La firma del abogado tenía fecha de 2021, antes de que se emitieran las cartas de nombramiento. La firma del albacea estaba fechada en 2024. Este alegato parece excesivamente extemporáneo. Se recomienda que la corte ordene al albacea enmendar la petición para actualizarla.
      Se requiere la comparecencia del abogado para recibir la orden de la corte de actualizar la petición (si se prefiere, a través de VCourt). 
       

      R-25-000047 SUCESIÓN DE JANELLE KAY AHRENHOLTZ, TAMBIÉN CONOCIDA COMO JANELLE KAY TABOGA
      Audiencia sobre la petición de distribución final con exención a la rendición de cuentas; exención a la comisión establecida por ley:
      • El título del alegato y el aviso de audiencia correspondiente no incluían "Informe de administración", conforme a lo requerido por la sección 10954(c) del código testamentario. 
      •    Los párrafos 15 (inventario) y 29 (distribución propuesta) del alegato indican que es posible que el solicitante haya redondeado los valores en dólares al dólar más cercano; esto no es adecuado. Por favor, incluya los centavos; consulte el Inventario y Tasación (I&A) con sello de presentación del 22 de diciembre de 2025. Si en el Anexo 1 del I&A el representante personal redondeó la cifra al dólar más cercano, parece necesario presentar un I&A corregido. Para obtener más información, puede consultar la Guía de árbitros testamentario de California.
      •    Se omitió el desglose de los costos de administración (véanse las Reglas Locales 8.69 y 8.83K).
      •    Ni la petición ni la solicitud de resolución especifican cómo deben distribuirse los activos; indicar 50% y 50% no es suficientemente específico. Por favor, enumere las distribuciones específicas propuestas para cada heredero. Consulte la regla 7.651 de las Reglas Judiciales de California y la Regla Local 8.83M.
      • Las exenciones de la rendición de cuentas no cuentan con la certificación notarial correspondiente (Regla Local 8.69); las exenciones tienen que presentarse por separado, no solo adjuntas como un anexo (conforme a la sección 10954 del código testamentario).
      •    La orden propuesta aún no se ha presentado. Asegúrese de que la orden propuesta especifique la distribución de los bienes de la sucesión a cada heredero.

      Se recomienda el aplazamiento de la audiencia hasta el 15 de julio de 2026, para que coincida con la audiencia de revisión de cuentas ya programada y permitir tiempo para subsanar los defectos.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-25-000545 SUCESIÓN DE BARBARA JEAN LOVISONE
      Audiencia sobre el informe del administrador relativo a la exención de rendición de cuentas y la petición de aprobación de la remuneración establecida por ley del abogado por servicios ordinarios, los costos de administración y la distribución final:
      Se subsanó la nota.
      Se recomienda la aprobación del informe y la petición.
      Se recomienda a la corte que anule la audiencia de revisión de cuentas del 6 de agosto de 2026.
      Se recomienda una audiencia de revisión de la baja para el 24 de septiembre de 2026, de conformidad con la Regla Local 8.92.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).
       

      PR-26-000105 SUCESIÓN DE RICARDO MONTES HERNANDEZ
      Audiencia sobre la petición para determinar la sucesión de la residencia principal:
      Se subsanó la nota.
      Se recomienda que la corte considere completa el aviso y apruebe la petición según ha sido complementada.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).
       

      PR-26-000109 SUCESIÓN DE BRAD JOSEPH GRAVES
      Audiencia sobre la petición para determinar la sucesión de la residencia principal:
      Se subsano una nota; otras notas permanecen:
      • El anexo 11 parece incompleto:
            o El Anexo 11 debe incluir la descripción legal completa; la referencia a la copia adjunta de una escritura de transmisión registrada es insuficiente.
            o Proporcione detalles en el Anexo 11 para cumplir con el punto 11(2) de la petición (declaración de hechos que demuestren que la propiedad era la residencia principal del difunto en California). 
      • No consta en el expediente el comprobante de envío por correo al Departamento de Servicios de Atención Médica, ni la declaración de que dicho aviso no es obligatorio (consulte la Regla Local 8.17 y la sección 215 del código testamentario).
      • Propuesta de orden, formulario DE-315: 
            o El punto 3c quedó incompleto (intestado o testado).
            o    El Anexo 9a tiene que incluir la descripción legal completa; la referencia a la copia adjunta de una escritura de transmisión registrada es insuficiente.
      Se requiere la comparecencia del solicitante (que se representa a sí mismo) (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-26-000112 SUCESIÓN DE SCOTT ALAN COLBERT
      Audiencia sobre la petición para determinar la sucesión de la residencia principal:
      Se subsanaron las notas.
      Si nadie presenta objeciones, se recomienda que la corte declare completo el aviso y apruebe la petición.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).
       

      MIÉRCOLES 18 DE MARZO DE 2026
      Departamento 22
      8:30 a. m.

       

      2200062 SUCESIÓN DE MARY RUBY ANDRUS, TAMBIÉN CONOCIDA COMO MARY R. ANDRUS, MARY ANDRUS
      Audiencia de revisión de la rendición de cuentas:
      No constan en el expediente ni el informe de estatus conforme a la sección 12200 del código testamentario ni la petición de distribución final. 
      Se recomienda que la corte ordene al representante personal que presente un informe de estatus conforme a la sección 12200 del código testamentario (con el aviso requerido por la sección 12201 del mismo código) en un plazo de 90 días, si la sucesión no está en condiciones de ser cerrada.
      Se recomienda el aplazamiento al 5 de agosto de 2026 para que dé tiempo a presentar los alegatos mencionados. Si para la fecha de la próxima audiencia no se ha presentado ninguno de los alegatos, la corte podrá emitir una orden para que el representante personal comparezca y presente motivos justificativos, de conformidad con el artículo 12202 del código testamentario.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      2200841 SUCESIÓN DE JACINTO CAETANO OLIVEIRA, TAMBIÉN CONOCIDO COMO JACINTO CAETANO DE OLIVEIRA
      Audiencia de revisión de descargo aplazada desde el 28 de julio de 2020, 28 de octubre de 2020, 27 de mayo de 2021, 1.º de diciembre de 2021, 17 de mayo de 2022, 1.º de diciembre de 2022, 2 de mayo de 2023, 7 de noviembre de 2023, 8 de mayo de 2024, 19 de diciembre de 2024, 7 de febrero de 2025, 18 de octubre de 2025:
      Se necesita saber el estado de la devolución de impuestos y de la distribución de los fondos retenidos.
      Se requiere la comparecencia del abogado (si se prefiere, a través de VCourt).

      2201462 SUCESIÓN DE JOHN R. SWANSON
      Audiencia de revisión del alta aplazada desde el 23 de noviembre de 2022, 22 de marzo de 2023, 27 de julio de 2023, 5 de octubre de 2023, 9 de noviembre de 2023, 9 de mayo de 2024, 29 de agosto de 2024, 12 de diciembre de 2024, 15 de abril de 2025, 18 de septiembre de 2025:
      Defectos anteriores subsanados.
      El 12 de diciembre de 2024, la corte ordenó al representante personal presentar la prueba de la denuncia ante la Oficina del Sheriff respecto al arma de fuego presuntamente sustraída (n.º de serie 182-04872, según la declaración presentada), así como presentar los recibos por separado.  Una copia del informe consta en el expediente.
      Todos los demás recibos de distribución constan en el expediente. 
      Consulte la Regla Local 8.92. Formulario DE-295, Petición ex parte de descargo final y orden, con copias de los recibos presentados anteriormente que no se habían entregado al momento de la revisión.
      No se ha presentado nada desde la última audiencia. Se necesita el estatus.
      Se requiere la comparecencia del abogado (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-22-000640 SUCESIÓN DE PEDRO S. ALBERTO, TAMBIÉN CONOCIDO COMO PETE ALBERTO
      Audiencia sobre la primera rendición de cuentas e informe del albacea y la petición para su acuerdo, presentada por Irma Zarate; aplazada desde el 25 de febrero de 2025, 26 de junio de 2025,. 28 de octubre de 2025:
      No existen defectos procesales en la petición.
      Objeción presentada el 20 de febrero de 2025 – por Monica Alberto
      El 25 de febrero de 2025 y el 26 de junio de 2025, se ordenó a las partes una reunión y conferencia para tratar sobre un acuerdo. 
      El 28 de octubre de 2025, se ordenó al abogado que presente un informe de estatus del asunto 15 días antes de la audiencia. El informe de estatus consta en el expediente.
      Audiencia requerida.
      Se requiere la comparecencia de los abogados (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-24-000095 SUCESIÓN DE NORMA JEAN CATHCART
      Audiencia sobre la orden de presentar motivos justificativos que presentó el administrador el 17 de septiembre de 2025 y reemitida el 14 de enero de 2026:
      Por falta de comparecencia o por no presentar los alegatos según lo ordenado. La falta de comparecencia el 18 de marzo de 2026 y/o el incumplimiento de las órdenes de la corte pueden dar lugar a sanciones, recargos y/o la destitución del representante personal de su cargo.

      Audiencia de revisión de cuenta aplazada desde el 3 de junio de 2025, 17 de septiembre de 2025, 14 de enero de 2026:
      No se ha presentado nada en más de doce meses. 
      El 3 de junio de 2025, la corte ordenó que se presente un informe de estatus conforme a la sección 12200 del código testamentario si la sucesión no está en condiciones de ser cerrada. 
      La corte suspendió al administrador de su cargo el 17 de septiembre de 2025 y remitió el asunto al administrador público como posible sucesor.

      Es obligatoria la comparecencia del administrador y se requiere la comparecencia del abogado del condado (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-24-000547 SUCESIÓN DE ADELAIDE S. LINDO, TAMBIÉN CONOCIDA COMO ADELAIDE AUGUSTA LINDO
      Audiencia de revisión de cuenta aplazada desde el 13 de noviembre de 2025:
      El 13 de noviembre de 2025, la corte ordenó que se tiene que presentar un Informe de estatus conforme a la sección 12200 del código testamentario dentro de los cuarenta y cinco (45) días posteriores a esa audiencia si la sucesión no está en condiciones de cerrarse. No constan en el expediente ni la Petición de Distribución Final ni el Informe de estatus conforme a la Sección 12200 del código testamentario.
      • Se recomienda que la corte emita una Orden de presentar motivos justificativos al administrador y a su abogado, para que comparezcan personalmente, conforme a la sección 12202 del código testamentario:
            o Para demostrar el estado de la sucesión y la razón por la cual esta no puede distribuirse ni cerrarse;
            o Para que la corte pueda ordenar al administrador que prepare y presente una primera rendición de cuentas Vigente, a discreción de la corte, conforme a la sección 12202(b) del código testamentario.
            o El incumplimiento puede dar lugar a la remoción del representante personal de su cargo (conforme a las secciones 12204 y 8500 del código testamentario.
      Se requiere la comparecencia del administrador y del abogado del administrador (si se prefiere, a través de VCourt).
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

       

      PR-24-000661 SUCESIÓN DE ALEX ABBLEY
      Audiencia (con sello de fecha de presentación del 9 de marzo de 2026) sobre la primera y definitiva rendición de cuentas e informe del administrador enmendados; la determinación del derecho a la distribución, incluida la determinación de la propiedad como propiedad comunitaria; la petición de aprobación de cuotas establecidas por ley para el abogado y de reembolso de costos; y la petición de distribución final, aplazada desde el 19 de noviembre de 2025:
      Parece que se subsanaron las notas anteriores.
      • El aviso de audiencia, con sello de presentación del 9 de marzo de 2026, parece defectuoso: el alegato enmendado no se presentó hasta el 9 de marzo de 2026, pero, el aviso correspondiente se envió por correo el 3 de marzo de 2026. 
      •    Se requiere una nueva propuesta de orden que incluya la descripción legal del bien inmueble en la orden de distribución.
      Se recomienda que la corte ordene al solicitante presentar un nuevo aviso de audiencia para la fecha de la audiencia aplazada sobre el alegato enmendado, conforme a la regla 7.53 de las Reglas Judiciales de California.
      Se recomienda el aplazamiento al 21 de abril de 2026 para dar tiempo a subsanar las deficiencias.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-24-001280 SUCESIÓN DE GWENDOLYN JOHNSON
      Audiencia de revisión de la rendición de cuentas:
      •    Ni la Petición de Distribución Final ni el Informe de Estatus conforme a la sección 12200 del código testamentario constan en el expediente al momento de la revisión.  Consulte la Regla local 8.82. 
      Se recomienda que la corte ordene al representante personal que presente un informe de estatus conforme a la sección 12200 del código testamentario (con el aviso requerido por la sección 12201 del mismo código) en un plazo de 90 días, si la sucesión no está en condiciones de ser cerrada.
      Se recomienda el aplazamiento al 28 de julio de 2026 para dar tiempo para la presentación de los alegatos mencionados. 
      Si para la fecha de la próxima audiencia no se ha presentado ninguno de los alegatos, la corte podrá emitir una orden para que el representante personal comparezca y presente motivos justificativos, de conformidad con el artículo 12202 del código testamentario.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-26-000087 ASUNTO DEL FIDEICOMISO REVOCABLE DE MARTIN C. COSTELLO Y MARY JANE COSTELLO
      Audiencia sobre la petición para establecer la reclamación de titularidad de los fideicomisarios sobre la propiedad y para obtener una orden que disponga su transferencia a los fideicomisarios:
      El aviso parece estar completo.
      Si nadie presenta objeciones, recomiende la aprobación de la petición.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      334534 SUCESIÓN DE JUSTIN R. WOOD
      Audiencia sobre el octavo informe de estatus conforme a la sección 12200 del código testamentario:
       
      El aviso parece estar completo.
      Se recomienda que la corte permita que la sucesión permanezca abierta y fije una audiencia de revisión de cuentas para el 23 de marzo de 2027.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-24-000795 SUCESIÓN DE DAVID MICHAEL SINJEM 
      Audiencia sobre la petición de distribución final de la sucesión con renuncia a la rendición de cuentas; primer y último informe del administrador:
      Se recomienda la aprobación de la petición.
      Se necesita una nueva propuesta de orden que incluya la determinación de la corte con respecto al aviso de la audiencia. Consulte la sección 1260 del código testamentario.
      Se recomienda que la corte programe una audiencia de revisión de descargo para el 24 de septiembre de 2026, de conformidad con la Regla Local 8.92.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-24-000984 SUCESIÓN DE JESSICA SHAW
      Audiencia sobre la petición de distribución final y exención a la rendición de cuentas:
      En la petición tienen que subsanarse los defectos a continuación:
      • El encabezamiento del alegato resulta insuficiente por las siguientes razones:
            o No se incluyó el informe de la administración, conforme a lo exigido por la sección 10954(c) del código testamentario. 
            o Los representantes personales solicitan la exención de la compensación ordinaria [Consulte la sección 10830 del Código Testamentario, la regla 7.102 de las Reglas de las Cortes de California y la Regla Local 8.83L] 
      • Se omitió el desglose de los costos de administración (consulte las Reglas Locales 8.69 y 8.83K).
      • El párrafo 6 parece incompleto:  
            o El informe omite declarar si se avisó o no a los acreedores conforme a las secciones 10900(b)(1) y 9050 del Código testamentario.
            o De conformidad con el artículo 9050(b) del Código testamentario el aviso a los acreedores es adicional al aviso publicado.
            o El informe alega que no se presentaron reclamaciones ante la corte.  Se presentaron dos reclamaciones de acreedores ante la corte y constan en los expedientes tres formularios DE-174 Aceptación o rechazo de la reclamación del acreedor que indican que se aceptaron dichas reclamaciones..
      • El párrafo 19 (distribución propuesta) parece incorrecto, ya que la renuncia del cónyuge supérstite parece haberse presentado fuera de plazo.
      • El párrafo 20 (compensación establecida por ley) parece contener un error de cálculo en la determinación de las cuotas establecidas por ley. Específicamente, el monto de la base total de cuotas.
            o Consulte la herramienta de cálculo disponible en línea en https://www.stanislaus.courts.ca.gov/divisions/probate/calculator-tools 
      • Párrafo 25 (activos en poder) incompleto. o La descripción de los bienes existentes omite la descripción legal del bien inmueble, conforme a lo exigido por la regla 7.651(b)(3) de las Reglas de las Cortes de California.
      • Proporcione un horario de distribución (previa). Consulte la Regla Local 8.65 y la sección 1063(f) del Código Testamentario.

      Se tienen que subsanar los siguientes defectos en el expediente de la corte:
      • No se notarizó la renuncia.  Además, la renuncia, al no haberse presentado dentro de los nueve meses siguientes al fallecimiento de la difunta, parece haberse presentado fuera de plazo y, por tanto, no surtir efectos, conforme a las secciones 279 y 280 del Código Testamentario. 
            o Es posible que se requieran exenciones a la rendición de cuentas, certificadas ante notario, por parte del cónyuge de la difunta.
      • No consta en el expediente la prueba de aviso a la parte que renuncia. Consulte la sección 1206 del código testamentario.
      • La satisfacción de las reclamaciones del acreedor no consta en el expediente.
      • La orden propuesta omitió la descripción legal del bien inmueble objeto de distribución.
      Se recomienda el aplazamiento al 14 de julio de 2026 para dar tiempo a subsanar las deficiencias.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-25-000569 SUCESIÓN DE VERNON KEITH COGGINS, TAMBIÉN CONOCIDO COMO VERNON COGGINS
      Audiencia sobre el primer y último informe del administrador y la petición de distribución final, con exención a la rendición de cuentas y a la compensación establecida por ley:
      Se recomienda la aprobación de la petición.
      Se recomienda a la corte que anule la audiencia de revisión de cuenta del 9 de septiembre de 2026.
      Se recomienda una audiencia de revisión de la baja para el 24 de septiembre de 2026, de conformidad con la Regla Local 8.92.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-26-000115 SUCESIÓN DE ZONA GAYLE BAKER, TAMBIÉN CONOCIDA COMO ZONA G. BAKER
      • Audiencia sobre la petición de legalización del testamento y de expedición de cartas testamentarias:
      • El punto 8 de la petición debe incluir a todas las personas mencionadas en el testamento con cualquier carácter, incluso a aquellas que hayan fallecido (el difunto esposo de la difunta, los albaceas suplentes primero y segundo, y el fideicomisario del fideicomiso Z.G. Baker). Consulte el punto 8 de la petición y la Regla Local 8.26.
      • No consta en el expediente exención de caución por parte del único beneficiario testamentario (fideicomisario). Es posible que se requiera una caución.
      • No consta aviso en el expediente con respecto al primer y segundo albacea suplente ni al fideicomisario. Consulte las secciones 8110(b) y 1208 del Código Testamentario.
            o Si ambos solicitantes son cofideicomisarios del fideicomiso, por favor, proporcione una copia del fideicomiso para que la corte determine si el aviso es completo, conforme a la sección 1208 del Código Testamentario.
      Se recomienda el aplazamiento al 8 de mayo de 2026 para dar tiempo a subsanar las deficiencias.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-26-000118 SUCESIÓN DE JACQUELINE GLENNELL OTT, TAMBIÉN CONOCIDA COMO JACQUELINE G. OTT, TAMBIÉN CONOCIDA COMO JACKIE OTT
      Audiencia sobre la petición de legalización de un testamento extraviado y de expedición de cartas testamentarias:
      Un testamento extraviado no se considera autosuficiente. La prueba del testigo instrumental consta en el expediente.
      •    Al parecer, el codicilo original aún no se ha presentado personalmente en la oficina del secretario para su archivo.  No se aceptan testamentos ni codicilos originales a través del sistema de presentación electrónica.  Consulte la Regla Local 1.14G y el sitio web de la corte: www.stanislaus.courts.ca.gov/forms-filing/e-filing.
      • La propuesta de orden no incluye la palabra "extraviado" en el punto 2c(2) (admisión del testamento), ni se han adjuntado a la propuesta de orden los términos del testamento extraviado (es decir, una copia del testamento).  
      Se recomienda el aplazamiento al 24 de abril de 2026 para dar tiempo a subsanar las deficiencias.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).
       

      PR-26-000121 SUCESIÓN DE THOMAS C. HULL, TAMBIÉN CONOCIDO COMO THOMAS CHESTER HULL
      Audiencia sobre Petición de cartas de administración:
      Se recomienda la aprobación de la petición.
      Se recomienda una audiencia de revisión de inventario para el 22 de septiembre de 2026, de conformidad con la Regla Local 8.41 B.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-26-000151 SUCESIÓN DE ALBERT ROBERT BELL
      Audiencia sobre Petición de cartas de administración:

      Defectos en la petición (Formulario DE-111):
      • El encabezado de la petición tiene marcada la casilla de "cartas de administración", pero la solicitante presentó una copia del testamento del difunto y solicitó a la corte que admitiera dicho testamento a legalización. 
      • El punto 1 no incluía el nombre del periódico donde la solicitante tiene la intención de publicar el aviso. Consulte la sección 8121 del Código testamentario y el sitio web de la corte aquí: https://www.stanislaus.courts.ca.gov/divisions/probate/newspapers 
      • El punto 2b se dejó en blanco (nombre del representante personal propuesto que la solicitante solicita a la corte que nombre).
      • Se debe marcar una de las casillas del punto 2b (del 1 al 4) (tipo de representante personal que se designa). 
      • El punto 1 se dejó en blanco (si el solicitante busca facultades plenas o limitadas en virtud de la Ley de Administración Independiente de Sucesiones).
      • El punto 2d se dejó en blanco (si la solicitante pide a la corte que exija una caución o una cuenta bloqueada, o no).
      • El punto 3c se dejó en blanco (la dirección del domicilio del difunto en el momento de su fallecimiento).
      • El punto 3d se dejó en blanco (valor estimado de los bienes de la sucesión).
      • El punto 3e se dejó en blanco (en relación con la caución; véase la nota anterior sobre el punto 2d).
      • El punto 3g se dejó en blanco (la solicitante debe marcar todas las casillas que correspondan).
      • El punto 3h se dejó en blanco (residencia del representante personal propuesto).
      • El punto 4 no se completó (si el testamento del difunto impide la administración bajo la IAEA).
      • El punto 5a(1) o (2) se dejó en blanco (existencia de cónyuge).
      • El punto 5a(3) o (4) se dejó en blanco (existencia de pareja de hecho registrada).
       • El punto 5a(7) u (8) se dejó en blanco (existencia de descendencia de un hijo fallecido previamente).
      • El punto 5b se dejó en blanco (existencia de un hijastro o hijo en acogida que habría sido adoptado de no mediar un impedimento legal).

      Defectos en el expediente que la solicitante tiene que subsanar:
      • La copia del testamento adjunta a la petición no se autolegaliza conforme a la Regla Local 8.23.  No consta en el expediente el formulario DE-131 del Consejo Judicial (Prueba de testigo firmante).
      • El formulario DE-147, Deberes y responsabilidades, no consta en el expediente.
      • El formulario DE-121, Aviso de petición para administrar la sucesión, con sello de presentación del 25 de febrero de 2026, parece defectuoso o incompleto:
            o    No se marcó la casilla 5 de la página 1 (solicitud para administrar la sucesión bajo la IAEA; véanse las notas anteriores).
            o El formulario no refleja que se haya enviado por correo el aviso al heredero menor de edad y al padre custodial o a la persona que tiene la custodia legal del menor.
      • Según el documento adjunto a la petición, parece que es posible que la solicitante no pueda depositar el testamento original ante la corte. o Si la solicitante tiene la intención de enmendar la petición para solicitar que la corte admita a legalización un testamento "extraviado" o "destruido" (consulte la sección 82233 del Código Testamentario), aún no ha presentado una declaración jurada para desvirtuar la presunción establecida en la sección 6124 del Código Testamentario:
            o La solicitante no ha alegado, en un alegato verificado basado en información y creencia, si el original del testamento del difunto se encontraba en poder de este al momento de su fallecimiento.
            o La solicitante no ha alegado, en un alegato verificado basado en información y creencia, si el difunto conservó su capacidad mental hasta el momento de su fallecimiento.
      • Declaración jurada de publicación no consta en el expediente. Consulte la Regla Local 8.12.
      • Formularios DE-140 y DE-150 (Proyecto de orden y Cartas), no presentados.

      Someter a la decisión de la corte: uno de los dos herederos es la solicitante o albacea designada en el testamento presentado por dicha solicitante, y el otro heredero figura como menor de edad. La designación de un tutor ad litem parece necesaria de conformidad con la Regla Local 8.07.

      La solicitante dejó la mayor parte de la petición completamente en blanco. Consulte las reglas 7.3 y 7.53 de las Reglas de las Cortes de California para conocer los tipos de documentos que la solicitante puede presentar para subsanar estos defectos.
      Considere visitar la página de ayuda de la corte de California en
      https://selfhelp.courts.ca.gov/probate y descargue los formularios en https://www.courts.ca.gov/forms.htm

      Se requiere la comparecencia de la solicitante (que se representa a sí misma) (si se prefiere, a través de VCourt).
       

      JUEVES, 19 DE MARZO DE 2026
      Departamento 22
      8:30 a. m.

      PR-21-001242 FIDEICOMISO PARA NECESIDADES ESPECIALES DE MAXWELL HEINZLE

      Audiencia sobre la primera rendición de cuentas vigente e informe del fideicomisario y sobre la aprobación de las cuotas del abogado, aplazada desde el 1.º de noviembre de 2023, el 27 de febrero de 2024, el 27 de agosto de 2024 y el 4 de diciembre de 2025:
      REVISIÓN EN CURSO POR FAVOR, VUELVA A CONSULTARLA.

      PR-21-001275 SUCESIÓN DE ERA MAE BRANCO, TAMBIÉN CONOCIDA COMO MAE BRANCO
      Audiencia de revisión de cuenta aplazada desde el 2 de octubre de 2024, 12 de marzo de 2025, 2 de julio de 2025:
      Se ha presentado una petición de distribución final y se ha fijado una audiencia para el 1.º de abril de 2026.
      Se confirmará audiencia del 1.º de abril de 2026.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).    

      PR-24-000480 SUCESIÓN DE GLADYS MAE WOODS
      Audiencia de revisión de la rendición de cuentas:
      Se presentó el informe de estatus conforme a la sección 12200 del Código Testamentario y se estableció audiencia para el 21 de abril de 2026. 
      Se confirmará audiencia del 21 de abril de 2026.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-24-000757 SUCESIÓN DE DARRELL VERN BYE, JR. TAMBIÉN CONOCIDO COMO DARRELL V. BYE, JR. DARRELL BYE

      Audiencia sobre la petición de legalización del testamento y de expedición de cartas testamentarias (presentada por M. Bye), aplazada desde el 19 de septiembre de 2024, el 12 de diciembre de 2024, el 3 de julio de 2025, el 2 de diciembre de 2025 y el 4 de febrero de 2026:
      El testamento no se autolegaliza según la Regla local 8.23.  Prueba del testigo instrumentario en el expediente.
      Oposición presentada – 5 de septiembre, por D. Ferreira (disputará). El servicio parece completado.

      Audiencia sobre la petición de cartas de administración (presentada por D. Ferreira), aplazada desde el 9 de abril de 2024, 19 de septiembre de 2024, 12 de diciembre de 2024, 3 de julio de 2025, 2 de diciembre de 2025 y 4 de febrero de 2026:
      Objeción presentada el 5 de septiembre de 2025 por M. Bye.

      Posible asunto de causa prolongada. 
      El asunto fue aplazado por la corte desde el 4 de febrero de 2026 para conceder tiempo a D. Ferreira para efectuar debidamente el aviso relativo a la disputa del testamento; de lo contrario, la disputa del testamento se desestimará. 
      Declaración con sello de presentación del 6 de marzo de 2026 presentada ante la corte para su resolución.
      Se requiere la comparecencia de abogado. Cualquier persona que decida comparecer podrá hacerlo en persona o de forma remota, por teléfono, utilizando VCourt.

      PR-24-000796 SUCESIÓN DE PATRICIA ANN ROBBINS, TAMBIÉN CONOCIDA COMO PATRICIA ROBBINS
      Audiencia de revisión de cuenta aplazada desde el 13 de noviembre de 2025:
      El 13 de noviembre de 2025, la corte ordenó al representante personal que presentara un informe de estatus conforme a la sección 12200 del código testamentario, junto con un aviso de audiencia, en un plazo de 90 días si la sucesión no se está en condiciones de ser cerrada.
      • Ni la Petición de Distribución Final ni el (Segundo) Informe de Estatus conforme a la Sección 12200 del código testamentario constan en el expediente en el momento de la revisión.  Consulte la Regla local 8.82. 
      Se recomienda que la corte emita una orden de presentar motivos justificativos para que el administrador y su abogado comparezcan personalmente, de conformidad con el artículo 12202 del código testamentario:
            o Para demostrar el estado de la sucesión y la razón por la cual esta no puede distribuirse ni cerrarse;
            o Para que la corte pueda ordenar al representante personal que prepare y presente una Primera Rendición de Cuentas Vigente, a discreción de la corte, conforme a la sección 12202(b) del código testamentario.
            o El incumplimiento puede dar lugar a la remoción del representante personal de su cargo (conforme a las secciones 12204 y 8500 del código testamentario.
      Se requiere la comparecencia del administrador y del abogado del administrador (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-24-000836 SUCESIÓN DE KWEI-CEE CHU
      Audiencia de revisión de la rendición de cuentas:
      Se presentó el Informe de Estado conforme a la sección 12200 del código testamentario y se estableció audiencia para el 28 de abril de 2026. 
      Se confirmará audiencia del 28 de abril de 2026.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-25-000187 SUCESIÓN DE RONALD RAY EDWARDS, TAMBIÉN CONOCIDO COMO RON EDWARDS
      Caso relacionado PR-25-000188 
      Audiencia de revisión de inventario:
      El inventario y la tasación finales constan en el expediente.
      •    El inventario y la tasación omiten la caracterización de la propiedad del difunto conforme a la sección 8850(c) del código testamentario. Esta información será necesaria antes del cierre de la sucesión.
      Se recomienda una audiencia de revisión de cuenta para el 16 de diciembre de 2026, de conformidad con la Regla Local 8.82.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-25-000188 SUCESIÓN DE GERALDINE EDWARDS, TAMBIÉN CONOCIDA COMO GERI EDWARDS
      Caso relacionado PR-25-000187 
      Audiencia de revisión de inventario:
      El inventario y la tasación finales constan en el expediente.
      •    El inventario y la tasación omiten la caracterización de la propiedad del difunto conforme a la sección 8850(c) del código testamentario. Esta información será necesaria antes del cierre de la sucesión.
      Se recomienda una audiencia de revisión de cuenta para el 16 de diciembre de 2026, de conformidad con la Regla Local 8.82.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-25-000299 SUCESIÓN DE GARY JACKSON
      1.    Audiencia de revisión del inventario aplazada desde el 12 de noviembre de 2025:
      El anexo de caución suplementaria consta en el expediente.
      Consta en el expediente un inventario y tasación final enmendado. Se subsanaron las notas anteriores.
      Si la corte no destituye al representante personal hoy, se recomienda que fije una audiencia de revisión de cuentas para la próxima fecha de aplazamiento disponible, de conformidad con la Regla Local 8.82, dado que a principios de junio vencerá el plazo para presentar el informe de estatus requerido por la sección 12200 del código testamentario.

      2.    Audiencia sobre la petición de remoción del representante personal, aplazada desde e 12 de noviembre de 2025:
      No consta en el expediente el aviso de la audiencia para la compañía de caución. Consulte la sección 1213 del Código Testamentario.
      No consta en el expediente la prueba de entrega de la citación (Formulario DE-122). La citación se emitió el 13 de febrero de 2026. Consulte la sección 8500(b) del Código Testamentario.
      Se presentó la respuesta conforme a la sección 8500(c) del Código Testamentario el 4 de noviembre de 2025 (por el representante personal). 
          El 12 de noviembre de 2025, la corte estableció la fecha de esta audiencia como plazo para que se efectuara debidamente el aviso.
      Se requiere la comparecencia del abogado (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-25-000702 SUCESIÓN DE MONICA MELENDEZ
      (1) Se emitió una orden de presentar motivos justificativos el 14 de noviembre de 2025 dirigida a Harry Roth, Esq.:
      Para comparecer y presentar motivos justificativos por la falta de comparecencia a la audiencia del 14 de noviembre de 2025 y en relación con la posible imposición de una sanción de $300,00.

      Audiencia sobre Petición de cartas de administración aplazada desde el 21 de agosto de 2025, 1.º de octubre de 2025, 14 de noviembre de 2025:
      El 14 de noviembre de 2025, la corte ordenó que la falta de comparecencia y de subsanación de los defectos para la próxima audiencia daría lugar a la desestimación.
      No se ha presentado nada desde la última audiencia. 
      Se recomienda que la corte desestime esta acción.
      Notas previas:
      • El formulario DE-111, Petición de legalización del testamento, presenta los siguientes defectos:
            o No está marcada la casilla Autorización para administrar conforme a la Ley de Administración Independiente de Sucesiones.
            o El punto 2(d)(3) omitió el monto propuesto a depositar en una cuenta bloqueada. La petición solicita que no se fije caución.  La petición alega la existencia de bienes personales valorados en $00.00.
            o El punto 8 no incluía a los representantes personales propuestos (Regla Local 8.26 D).
            o El punto 8 no incluía las edades de todos los familiares nombrados.
      Consulte las reglas 7.3 y 7.53 de las Reglas de las Cortes de California en relación con los tipos de formularios que pueden utilizarse para subsanar los defectos señalados anteriormente.
      • El formulario DE-121, Aviso de petición para administrar la sucesión, con sello de presentación del 10 de julio de 2025, presenta los siguientes defectos:
            o El punto 1 indica un nombre anterior del causante que no figura en la petición.
       
            o En la prueba de entrega, la página 2 menciona a una heredera cuyo nombre no coincide con el que figura en la petición: concretamente, Talina Melendez.
      • Formulario DE-147, Deberes y responsabilidades, no consta en el expediente.
      • Formulario DE-140, Orden propuesta, no presentado.
      • Formulario DE-150, Cartas, no presentado.
      Se requiere la comparecencia del abogado (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-25-001101 ASUNTO DE MATTHEW EOFF, O ASUNTO DEL PODER LEGAL DURADERO DE RUFUS SANTOS, OTORGANTE
      1.    Audiencia sobre la petición enmendada (con sello de presentación del 24 de noviembre de 2025) para invalidar y revocar el poder legal permanente por influencia indebida, abuso de autoridad y abuso de una persona mayor por parte de apelado, y sobre la capacidad mental del otorgante, aplazada desde el 4 de diciembre de 2025:
      • ¿Posee el solicitante una copia del documento de poder legal? o En caso afirmativo, presente una copia adjunta como anexo a un alegato verificado, conforme a la sección 4542 del Código Testamentario. Consulte las reglas 7.3 y 7.53 de las Reglas de las Cortes de California para conocer los tipos de alegatos que pueden presentarse.
      • No consta en el expediente el Aviso de Audiencia (Formulario DE-120) para el apelado/agente. Consulte las secciones 4544, 1220 y 1214 del Código Testamentario, y las Reglas de las Cortes de California a partir de la regla 7.50.
            o    Aviso de audiencia en el expediente para el otorgante y el abogado que representa al poderdante y al agente.
      Objeción presentada el 1.º de diciembre de 2025 por K. Hrenko a título individual. Al parecer, la objeción se preparó en respuesta a la petición original y no a la petición enmendada.

      2.    Audiencia sobre la moción para descalificar al bufete Cyril Lawrence Inc. como abogado del apelado debido a un conflicto de intereses aplazada desde e 9 de enero de 2026:
      CONSULTE LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL, que se publicará el día anterior a la audiencia, en https://www.stanislaus.courts.ca.gov/online-services/tentative-rulings/…

      3.    Audiencia sobre la excepción aplazada desde el 11 de marzo de 2026:
      CONSULTE LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL, que se publicará el día anterior a la audiencia, en https://www.stanislaus.courts.ca.gov/online-services/tentative-rulings/…

      4.    Audiencia sobre la moción de desestimación aplazada desde el 11 de marzo de 2026:
      CONSULTE LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL, que se publicará el día anterior a la audiencia, en https://www.stanislaus.courts.ca.gov/online-services/tentative-rulings/…

      Solicitud de conocimiento judicial con sello de presentación del 14 de enero de 2026. Presentado a la corte para su determinación.

      Se requiere la comparecencia del solicitante (que se representa a sí mismo) y del abogado de la parte objetora (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-23-001082 SUCESIÓN DE TERRY WAYNE MONKHOUSE TAMBIÉN CONOCIDO COMO TERRY W. MONKHOUSE, TERRY MONKHOUSE
      Audiencia sobre el tercer informe de estatus de la administración conforme a la sección 12200 del código testamentario:
      El aviso parece estar completo.
      Se recomienda que la corte deje sin efecto la audiencia de revisión de cuentas fijada previamente para el 10 de junio de 2026 y la reprograme para el 22 de septiembre de 2026.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-24-000487 SUCESIÓN DE RICHARD R. BREHM
      Audiencia sobre el informe del administrador con exención de rendición de cuentas y la petición de aprobación de la compensación establecida por ley para el abogado por servicios ordinarios, de la compensación al abogado por servicios extraordinarios, de los costos de la administración y de la distribución final conforme a la estipulación y acuerdo de distribución del patrimonio:
      El cálculo de la compensación establecida por ley incluía los ingresos (procedentes, véase la Regla Local 8.69); no obstante, la relación de ingresos incluía el depósito de $1,500.00 realizado por el solicitante para abrir la cuenta de la sucesión. “Recibo” significa bienes pertenecientes al patrimonio que pasan a posesión del representante personal; el depósito del representante personal podrá ser considerado como un préstamo o anticipo por parte del representante personal al patrimonio. Es posible que este examinador testamentario no considere como un defecto aislado la inclusión de dicho depósito en la relación de ingresos, siempre que ello no incremente el cálculo de la compensación establecida por ley. Consulte la regla 7.705 de las Reglas de las Cortes de California.
      Se recomienda la aprobación del informe y de la petición, con la modificación de que la compensación del abogado establecida por ley se apruebe por el monto reducido de $13,949.71 (calculado mediante la reducción de la base para el cálculo de las cuotas sucesorias en $1,50000).
      Se necesita la orden actualizada.
      Se recomienda a la corte que deje sin efecto la audiencia de revisión de cuentas del 23 de junio de 2026.
      Se recomienda una audiencia de revisión de la baja para el 24 de septiembre de 2026, de conformidad con la Regla Local 8.92.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-25-000010 SUCESIÓN DE NANCY LOU PETTY
      Audiencia sobre el primer y final informe del administrador y la petición de distribución final con exención de la compensación establecida por ley para el administrador, de aprobación de la distribución anticipada, de reembolso a John Simmons y de liberación de la caución:
      El informe indica que el representante personal realizó una distribución preliminar de $70,000.00 a uno de los herederos sin la autorización previa de la corte.  Existen acuerdos por escrito de todos los herederos en el expediente.
      Presentado a la corte para su resolución:
      • El administrador no obtuvo la autorización de la corte antes de efectuar una distribución superior a $10,000.00 a uno de los herederos. Consulte la sección 10501(a)(4) del Código Testamentario.
      Se requiere la comparecencia del representante personal (que se representa a sí mismo) (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-25-001212 SUCESIÓN DE PATRICK HEANEY
      Audiencia sobre la moción de las solicitantes Amanda Heaney y Tina Heaney para obtener una orden que prohíba la venta o transferencia de bienes de la sucesión, a la espera de que se determine la facultad para actuar:
      CONSULTE LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL, que se publicará el día anterior a la audiencia, en https://www.stanislaus.courts.ca.gov/online-services/tentative-rulings/…

      PR-25-001284 FIDEICOMISO DE VIRGINIA DARE ROMEO CONFORME AL ACUERDO DE FECHA 13 DE ABRIL DE 1999
      Audiencia sobre la petición de restitución de bienes personales (sección 850 del Código Testamentario); abuso económico de una persona mayor (secciones 15610.30 y siguientes del Código de Bienestar e Instituciones); indemnización por el doble de los daños (sección 859 del Código Testamentario); y cuotas y costos de abogados:
      REVISIÓN EN CURSO POR FAVOR, VUELVA A CONSULTARLA.

      PR-26-000122 SUCESIÓN DE FRANCISCO H. CORTEZ
      Audiencia sobre Petición de cartas de administración:

      Defectos en el formulario DE-111, Petición:
      •   En la casilla del encabezamiento no se hizo referencia a la "Autorización para administrar conforme a la Ley de Administración Independiente de Sucesiones".
      •    Punto 5a(3) o (4) incompleto (existencia de pareja de hecho registrada).
      •    Punto 5b incompleto (existencia de un hijastro o hijo en acogida que habría sido adoptado de no haber mediado un impedimento legal).
      •    El punto 8 no identificó ni designó al representante personal propuesto (Regla Local 8.26 D).
      Se tiene que abordar lo siguiente en el expediente de la corte:
      • No constan en el expediente las exenciones de caución [formularios DE-142/DE-111(A-3e)] de todos los herederos en la sucesión intestada (por favor, consulte la sección 6401 del Código Testamentario). Es posible que se requiera una caución. La caución completa sería de 31,000.00. La caución mínima sería de $20,000.00, de conformidad con la Regla Local 8.33.  Presentado al juez para su determinación.
      • El formulario DE-121, aviso de petición para administrar la sucesión, omitió el aviso a uno de los herederos indicado en el punto 8 de la petición.
      • No consta en el expediente la declaración jurada de publicación. Consulte la Regla Local 8.12.
      •    Formulario DE-140, Orden propuesta, no presentado.
      •    Formulario DE-150, Cartas, no presentado.
      Consulte las reglas 7.3 y 7.53 de las Reglas de las Cortes de California en cuanto a los tipos de alegatos que pueden utilizarse para subsanar estos defectos.
      Se requiere la comparecencia de la solicitante (que se representa a sí misma) (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-26-000124 SUCESIÓN DE JANET A. HEILBRONN, TAMBIÉN CONOCIDA COMO JANET ADELE HEILBRONN
      Audiencia sobre Petición de cartas de administración:
      Exención de caución en el expediente.
      Se recomienda la aprobación de la petición.
      Se recomienda una audiencia de revisión de inventario para el 22 de septiembre de 2026, de conformidad con la Regla Local 8.41B.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-26-000125 SUCESIÓN DE MARJORIE E. SIMPSON
      Audiencia sobre la petición para determinar la sucesión de la residencia principal:
      • El anexo 11 omitió una declaración sobre el interés de la difunta (incluidos los hechos que demuestren que constituía la residencia principal de la difunta en California) y los hechos relativos a la naturaleza de la calificación del bien, en caso de que la reclamación de cualquiera de los solicitantes sobre el bien se base en la sucesión, conforme a las secciones 6401 y 6402 del Código Testamentario. Consulte el punto 11 de la petición.
      •    La copia de la escritura de transmisión adjunta a la petición refleja una tenencia conjunta entre la difunta y el cónyuge presuntamente fallecido con anterioridad. Proporcione una copia de la declaración jurada de fallecimiento del copropietario con derecho de supervivencia inscrita en el registro.
      Se recomienda el aplazamiento al 8 de mayo de 2026 para dar tiempo a subsanar las deficiencias.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-26-000130 SUCESIÓN DE MILDRED POLK, TAMBIÉN CONOCIDA COMO MILDRED TAYLOR
      Audiencia sobre Petición de cartas de administración:
      La caución solicitada de $168,000.00 parece adecuada, basándose en el valor estimado del patrimonio alegado en la petición.
      Defectos en el formulario DE-111, Petición:
      •    Punto 5a(3) o (4) incompleto (existencia de pareja de hecho registrada).
      •    El punto 8 no identificó ni designó al representante personal propuesto (Regla Local 8.26 D).
      Consulte las reglas 7.3 y 7.53 de las Reglas de las Cortes de California en cuanto a los tipos de alegatos que pueden utilizarse para subsanar estos defectos.
      •    Cartas (Formulario DE-150), aún no presentadas.
      Se requiere la comparecencia de la solicitante (que se representa a sí misma) (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-26-000132 SUCESIÓN DE MATTHEW EDWARD SIMPSON
      Audiencia sobre la petición para determinar la sucesión de la residencia principal:
      • El anexo 11 omitió una declaración sobre el interés de la difunta (incluidos los hechos que demuestren que constituía la residencia principal de la difunta en California) y los hechos relativos a la naturaleza de la calificación del bien, en caso de que la reclamación de cualquiera de los solicitantes sobre el bien se base en la sucesión, conforme a las secciones 6401 y 6402 del Código Testamentario. Consulte el punto 11 de la petición.
      Se recomienda el aplazamiento al 8 de mayo de 2026 para dar tiempo a subsanar las deficiencias.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

       

      VIERNES, 20 DE MARZO DE 2026
      Departamento 22
      8:30 a. m.

       

      PR-22-001311 SUCESIÓN DE ROBERT S. VIERRA, JR.
      Audiencia sobre el informe de la administración; la petición de distribución final; la orden de aprobación de la primera y definitiva rendición de cuentas; la aprobación de las cuotas del representante personal establecidos por ley; la aprobación de las cuotas del abogado establecidos por ley; la aprobación de los costos; y las cuotas extraordinarios, aplazada desde el 8 de octubre de 2025, el 28 de octubre de 2025 y el 5 de febrero de 2026:
      Se subsanaron algunas notas anteriores.
      Se mantienen las notas previas:
      • No se adjuntó una declaración jurada de envío postal al aviso de acción propuesta con sello de presentación de 1.º de octubre de 2024. Consulte la regla local 8.100.
            o No parece haberse presentado por separado una prueba de entrega, como se alega en el suplemento con sello de presentación del 3 de febrero de 2026.
      • Será necesaria una nueva propuesta de orden, ya que la solicitud de cuotas del tutor ad litem se añadió posteriormente mediante un suplemento (se eximió el aviso correspondiente, conforme a la regla 7.53 de las Reglas de las Cortes de California).
      Se recomienda el aplazamiento al 8 de mayo de 2026 para dar tiempo a subsanar las deficiencias.
      Se requiere la comparecencia del abogado (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-23-001036 SUCESIÓN DE AUREL VIREGAN
      Audiencia sobre el primer y definitivo informe del administrador y la petición de distribución final con exención de rendición de cuentas y de la compensación establecida por ley, aplazada desde el 18 de febrero de 2026:
      No se ha presentado nada desde la última audiencia. Persisten los defectos señalados anteriormente:
      • Las exenciones de rendición de cuentas no cuentan con la certificación notarial correspondiente (Regla Local 8.69).
      • Se requiere la comparecencia del representante personal (que se representa a sí mismo). (Toda persona que comparezca podrá hacerlo en persona o de forma remota, por teléfono, mediante VCourt).

      PR-25-000025 SUCESIÓN DE PATSY SUE OLDHAM DUKE, TAMBIÉN CONOCIDA COMO PATSY SUE DUKE, PATSY S. DUKE
      Audiencia sobre la primera y definitiva rendición de cuentas e informe del administrador con testamento anexo y la petición de acuerdo de estos, de aprobación de la compensación establecida por ley para el abogado y de distribución final:
      Se subsanaron las notas anteriores.
      Se recomienda la aprobación de la rendición de cuentas y de la petición, en su versión complementada.
      Se recomienda una audiencia de revisión de la baja para el 24 de septiembre de 2026, de conformidad con la Regla Local 8.92.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-25-001155 SUCESIÓN DE THAYER LORING BECK
      Audiencia sobre Petición de cartas de administración aplazada desde el 11 de diciembre de 2025, 21 de enero de 2026, 27 de febrero de 2026:
      Nueva nota:
      • El documento complementario con sello de presentación del 27 de febrero de 2026 no fue verificado por el solicitante. Consulte la regla 7.103 de las Reglas de las Cortes de California y las secciones 2015.5 y 446 del Código de Procedimiento Civil de California.
      • El documento complementario, con sello de presentación del 27 de febrero de 2026, identificó a dos herederos adicionales del difunto a quienes no se les dio aviso por correo sobre este proceso. Consulte el formulario DE-121, Aviso de petición para administrar la sucesión, y la regla 7.51(d) de las Reglas de las Cortes de California sobre el aviso a una persona interesada que sea menor.
      Se mantienen las notas previas:
      • No se completó el punto 3e de la petición (razones por las que no se requeriría una caución, dado que el solicitante ha pedido que no se exija dicha caución).
            o La caución completa sería de $420,136.00, basada en el valor estimado del patrimonio del difunto alegado en la petición. 
            o En el expediente constan las exenciones de caución de los herederos. 
                +    Al menos uno de los herederos ha sido descrito como un menor de 17 años y medio de edad. No se ha nombrado un tutor ad litem. Es posible que se requiera una caución.
      • Se requiere el nuevo proyecto del Formulario DE-150 (Cartas de nombramiento): el punto 4 de la columna derecha debe incluir la fecha y la ciudad donde el solicitante firmó el formulario.
      Considere visitar la página de ayuda de la corte de California en
      https://selfhelp.courts.ca.gov/probate y descargue los formularios en https://www.courts.ca.gov/forms.htm
      Se requiere la comparecencia de la solicitante (que se representa a sí misma) (si se prefiere, a través de VCourt).

      PR-25-001319 SUCESIÓN DE LINDA N. ELLIOTT, TAMBIÉN CONOCIDA COMO LINDA NELLE ELLIOT, LINDA CUDD, LINDA N. CUDD, LINDA BEST, LINDA N. BEST, LINDA SHIPMAN
      Audiencia sobre la petición de legalización del testamento y de expedición de cartas testamentarias, aplazada desde el 28 de enero de 2026:
      La petición no presenta defectos.
      El 28 de enero de 2026, el abogado informó a la corte que el aviso enviado anteriormente por correo a una de las partes interesadas había sido devuelto por imposibilidad de entrega y que la solicitante había localizado lo que consideraba un domicilio nuevo y correcto del heredero. El formulario DE-121, Aviso de petición para administrar la sucesión, con sello de presentación del 23 de enero de 2026, refleja que dicho nuevo aviso era defectuoso: extemporáneo.
      El 28 de enero de 2026, la corte aplazó el asunto para permitir que se avisara a Dana Elliot, de manera nueva y oportuna, sobre la nueva fecha de la audiencia. No consta en el expediente el aviso de esta audiencia en el formulario DE-121.
      Se recomienda que la corte conceda una última prórroga para que se efectuara debidamente el aviso por correo.
      Se recomienda el aplazamiento al 16 de abril de 2026.
      No se requiere comparecencia (si se prefiere, a través de VCourt).

       

      LUNES, 23 DE MARZO DE 2026

      Departamento 22 
      No hay asuntos de sucesiones de difuntos ni de fideicomisos en el calendario