Preguntas frecuentes sobre la legalización de testamentos
La legalización de testamentos es el proceso supervisado por la corte de demostrar un testamento, si existe; calificar y designar un representante personal; identificar y reunir los bienes de una persona después de su muerte; pagar todas las deudas del difunto, y distribuir el saldo a los legítimos herederos o beneficiarios.
Hay muchas situaciones en las que un patrimonio no requiere una legalización de testamento formal. Esto puede incluir sucesiones con activos totales inferiores a $184,500.00, patrimonios en fideicomiso y aquellos casos en los que la totalidad de la sucesión se transfiere al cónyuge supérstite. Sin embargo, incluso cuando no se requiere la legalización de testamento formal, a menudo es necesario algún tipo de proceso legal. Esto es especialmente cierto cuando un patrimonio posee una participación en bienes inmuebles. Se recomienda un asesor legal si tiene preguntas sobre asuntos patrimoniales.
Si el valor de los bienes de la persona fallecida es inferior a $166,250 (si el difunto falleció antes del 1.º de abril de 2022) o a $184,500 (si el difunto falleció el 1.º de abril de 2022 o después) y usted tiene el derecho legal de heredar de dicha persona, es posible que no sea necesario realizar el proceso de legalización de testamentario formal.
Para transferir bienes personales, puede usar una Declaración jurada para tomar posesión de bienes personales según el Código Testamentario, sección 13100-13116. Este formulario se puede descargar del sitio web de la corte.
Para transferir bienes inmuebles (como una casa), es posible que pueda usar un formulario, un procedimiento sumario o se requiera un procedimiento más formal. Se recomienda consultar a un abogado para obtener asesoramiento legal específico con respecto a las transferencias de bienes inmuebles.
Si los bienes de la persona fallecida tienen un valor superior a $166,250 (si el difunto falleció antes del 1.º de abril de 2022) o a $184,500 (si el difunto falleció el 1.º de abril de 2022 o después), podría ser necesario iniciar un procedimiento de legalización de testamento formal.
Los formularios pueden descargarse del sitio web de la corte o comprarse en un paquete en la ventanilla de legalización de testamentos en la oficina del secretario.
Se recomienda que consulte a un abogado para obtener asesoramiento legal con respecto a la necesidad de presentar una petición para una legalización testamentaria formal.
Si el difunto tenía su domicilio en California al momento de su fallecimiento, el condado competente para los procedimientos relativos a la sucesión del difunto es aquel en el que tenía su domicilio, independientemente de dónde haya fallecido.
Si la persona fallecida tenía su domicilio en el condado de Stanislaus, el procedimiento sucesorio tiene que tramitarse aquí.
Es posible que pueda usar un proceso sumario como una Petición de propiedad conyugal.
Los formularios pueden descargarse del sitio web de la corte o comprarse en un paquete en la ventanilla de legalización de testamentos en la oficina del secretario.
Se recomienda que consulte a un abogado para obtener asesoramiento legal con respecto a sus derechos como cónyuge.
Como se establece en el Código Testamentario, sección 8200, el custodio del testamento original tiene 30 días a partir de la fecha en la que se entera de la muerte de la persona para entregar el testamento original a la oficina del secretario. Existe una cuota de $50 por la entrega de un testamento original, a menos que se presente junto con una petición de legalización de testamento. Si se presenta un testamento junto con una petición de legalización testamentaria, no hay cuota.
El testamento original tiene que entregarse al secretario del condado en el que la persona fallecida vivía o poseía bienes inmuebles en el momento de la muerte.
El custodio también tiene que enviar una copia del testamento a la persona nombrada en el testamento para que actúe como albacea. El incumplimiento del Código Testamentario, sección 8200 podría someter al custodio a un proceso legal.
Si no se encuentra ningún testamento y se requiere un proceso de la corte, la corte puede designar un representante personal para administrar el patrimonio. La persona que solicita la designación a la corte puede ser un cónyuge, pareja de hecho, pariente cercano, amigo o acreedor de la persona fallecida. El Código Testamentario establece el orden de prelación de quién puede fungir como representante personal.
Se recomienda que se consulte a un abogado con respecto a quién puede fungir como representante personal.
- El secretario de Legalización de Testamentos fija una fecha de audiencia.
- El solicitante tiene que dar notificación de la audiencia a todas las partes interesadas en el patrimonio de la persona fallecida. El Código Testamentario, sección 48 define quién es una parte interesada. El comprobante de envío por correo del aviso de audiencia tiene que ser completado por una persona mayor de 18 años que no sea parte del proceso. Se tiene que presentar un comprobante de envío por correo en la corte antes de la audiencia.
- Se requiere la publicación en un periódico de circulación general en el condado donde la persona fallecida vivía o poseía bienes inmuebles. Se tiene que presentar un comprobante de publicación en la corte antes de la audiencia.
- El examinador testamentario tiene que revisar el expediente de la corte antes de la audiencia. Las notas del examinador se publican en el sitio web de la corte. El solicitante tiene la oportunidad de presentar documentos adicionales según sea necesario para corregir las deficiencias indicadas.
En el momento de la audiencia, el juez llamará el caso, considerará cualquier comentario hecho en audiencia pública por un abogado o un solicitante que se represente a sí mismo, considerará la recomendación del examinador testamentario y puede conceder o denegar una petición. En algunos casos, es necesario un aplazamiento para dar tiempo para corregir las deficiencias.
La corte no puede hacer recomendaciones con respecto a abogados testamentarios. Podemos remitirle al Servicio de Referencia del Colegio de Abogados del condado de Stanislaus al (209) 571-5727, quienes pueden ayudarle a obtener un abogado testamentario.
Si el asunto es retirado del calendario judicial, puede solicitar que se vuelva a colocar la petición. Será necesario volver a dar aviso, incluida la nueva publicación si corresponde.
No hay ninguna lista. Sin embargo, los avisos sobre próximas peticiones se pueden consultar en el tablón de anuncios situado en el vestíbulo de la Secretaría de la Corte Civil —justo después del detector de metales—, en el cuarto piso del edificio ubicado en el 801 de 10th Street, Modesto.
La corte no proporciona dicha lista.
De acuerdo con el Código Testamentario, sección 9100, un acreedor debe presentar un reclamo a más tardar cuatro meses después de la fecha en la que se envían las primeras cartas a un representante personal general. No hay ninguna cuota para presentar un reclamo de acreedor.
En el condado de Stanislaus, los casos testamentarios se presentan en la Oficina del Secretario, ubicada en: City Towers Courthouse; 801 10th Street, 4th Floor, Modesto, CA 95354. Esta es la misma ubicación de la sala de audiencias donde se llevan a cabo las audiencias testamentarias.
- Para consultar la lista de periódicos donde se pueden publicar los avisos de legalización testamentaria, visite la página web aquí.
- En ocasiones, se publican ciertos procedimientos de sucesión intestada que hacen referencia a una solicitud para “admitir los testamentos y codicilos del causante, si los hubiere”. La corte interpreta que la frase “si los hay” se aplica a la palabra “codicilos”, ya que la siguiente oración publicada es “El testamento y cualquier codicilo están disponibles para su examen en el expediente guardado por la corte". La citada redacción no solo carece de uniformidad, sino que es falsa, ya que no hay ningún testamento o codicilo disponible para revisión en estos procesos. Uno puede razonablemente confiar en la tergiversación y no tomar ninguna medida creyendo que se ha entregado o se entregará un testamento a la corte. A la corte no le parece que este aviso engañoso sea un error inofensivo. En consecuencia, en estos casos, la corte ordenará una nueva publicación con una redacción corregida. La cuota de republicación no es reembolsable.
- Hay libros disponibles sobre este tema en la biblioteca pública. La Biblioteca del condado está ubicada en 1500 I Street, Modesto, CA.
- La Biblioteca Legal del condado de Stanislaus está ubicada en 1101 13th Street, Modesto, CA 95354, (917) 759-6558
- Se puede acceder a información adicional a través del Centro de ayuda en línea de las Cortes de California.