Presentación electrónica (e-filing, en inglés)
Información sobre la presentación electrónica (e-filing, en inglés)
Comience el proceso de presentación electrónica (e-filing, en inglés) para casos civiles, penales, de derecho de familia, de retención ilícita y de reclamos menores en el portal de presentación electrónica.
Portal de presentación electrónica
Información general del usuario
- Si un tipo de caso o código de presentación no está visible, contacte a su proveedor de servicios de presentación electrónica (EFSP, por sus siglas en inglés) para confirmar que el proveedor tiene los datos más actualizados.
- Agregue los nombres de las partes en MAYÚSCULAS.
- No agregue ninguna descripción del documento.
- No agregue "dba" ("haciendo negocios como") a los nombres de las partes. El secretario agregará el dba al sistema de administración de casos.
- Si se consolidan casos, tiene que hacer una presentación electrónica (e-filing, en inglés) en el número de caso principal.
- Al enviar un primer documento para varias partes, el documento tendrá que enviarse en sobres separados para cada parte. Actualmente, las cuotas de presentación solo se pueden cargar a una parte por sobre.
- Cada documento presentable tiene que enviarse como un documento principal separado. No agregue ningún documento como adjunto.
- A partir del 23 de julio de 2020, se informa a la corte que el único EFSP disponible para presentaciones penales es Odyssey eFileCA.
Los siguientes documentos no se pueden aceptar a través de File and Serve en este momento:
- Extractos/extractos de fallo.
- Registros administrativos u otros documentos presentados.
- Documentos/presentaciones de apelaciones.
- Orden de arresto de banca.
- Cauciones.
- Certificado de hechos.
- Citaciones por emitir.
- Procesos coordinados o presentaciones en casos coordinados.
- Portada/Declaración sobre dificultades financieras relacionadas con el COVID-19.
- Testamentos originales.
- Comunicación ex parte.
- Ejemplificación (Certificado de autenticidad).
- La notificación de honorarios de jurado no se puede presentar de conformidad con la Regla de la corte de California 3.250.
- Solicitudes de copia o búsqueda, incluidas búsquedas patrimoniales.
- Escritos para juicio preliminar civil.
- Anexos de prueba.
- Mandatos.
- Recaudación excedente de venta de fideicomisarios.
- Peticiones sobre violencia en el hogar.
- Peticiones sobre maltrato de ancianos/adultos dependientes.
- Solicitud de órdenes con órdenes temporales o solicitudes de acortamiento de tiempo de órdenes (derecho de familia).
- Solicitud de aplazamiento de audiencias y órdenes propuestas relacionadas (FL-306, FL-307, DV-115 y DV-116).
- Orden de presentar motivos justificativos sobre desacato.
- Tutelas de menor con órdenes temporales.
- Tutelas de adulto con órdenes temporales.
- Estipulación y Orden para ADR (STAN-100).
Tenga en cuenta: Los honorarios del jurado se encuentran en Servicios opcionales y solo se aceptan si se envían junto con la presentación de un documento.
Casos de sucesión/fideicomisos
- Agregue los nombres del fideicomitente, del solicitante o del fideicomisario.
- No agregue beneficiarios.
- Cuando se presenta electrónicamente (e-file, en inglés) una Petición de sucesión testamentaria, se tiene que enviar una copia del testamento con una portada, y el testamento original se tiene que entregar en la oficina del secretario a más tardar 3 semanas antes de la audiencia. Si no entrega el testamento original en la oficina del secretario, es posible que la audiencia de su petición se posponga o se desestime.